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Regístrate y accede a la revistaDesde la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 se ha garantizado el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos, nos cuenta Marcela Peredo, académica de la Universidad de los Andes.
Explica Marcela Peredo, académica de la Facultad de Derecho e investigadora de Polis, que el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos “es un derecho humano de antigua data que, evidentemente, entrega a la familia el cuidado de sus miembros y especialmente a los padres”.
De hecho, el Estado debiese colaborar en el ejercicio de la garantía de los padres a educar a sus hijos, “pero no suprimir ese derecho, a menos que por algún impedimento los padres no puedan ejercerlo”.
-¿Cuál es el rol que le cabe al Estado en la educación?
-El Estado debe colaborar con los padres a partir de diversas políticas públicas que ayuden a los niños a acceder a una educación que les permita desarrollarse material y espiritualmente.
El Observatorio Constitucional de la Universidad de los Andes nace con la finalidad de aportar una mirada académica al proceso constitucional. Es un proyecto impulsado por la Facultad de Derecho, Signos (Centro de Estudios e Investigación Social) y la Facultad de Comunicación.
Señala Marcela que, a su juicio, el ejercicio del derecho a la educación no debe estar regulado solo en la Constitución, sino en políticas de desarrollo social para los niños que están en comunas o lugares alejados de la ciudad, e incentivar y apoyar solidariamente a las familias que viven en el campo, por ejemplo.
-¿Cuál es el rol que les cabe a los padres a la hora de definir y participar en la educación de sus hijos?
-El rol es preferente, pues ellos deciden con libertad y responsabilidad qué educación quieren para sus hijos.
-Entonces, ¿en medio del debate que estamos viviendo, se podría decir que la educación pública sería la solución a todos los temas que tenemos en Chile en materia educativa?
-El tipo de educación no es sinónimo de calidad en la educación. Por ello, no se debe entregar este rol solo al Estado o solo a los particulares, sino que deben cumplir una función complementaria respetando la libertad y responsabilidad de las personas.
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